CASO : N° - 2020
ESCRITO: N°
SUMILLA: - INTERPONE DENUNCIA
SR FISCAL DE LA FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE TURNO DE TRUJILLO
HUMBERTO ARMANDO RODRÍGUEZ CERNA, con DNI N° 06506619, profesión Químico Farmacéutico, Gerente de la empresa Hostal David srl, con correos electrónicos justiciasincorrupcion@gmail.com y hostaldavidsrl@yahoo.com y señalando domicilio procesal en jr. Sinchi Roca 1140 de la urb. Palermo de esta ciudad y solicitando que también en los correos brindados se nos notifique obligatoriamente las disposiciones que emanen de la presente denuncia, a Usted digo:
I.- – PETITORIO.-
1.1.- Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 2º inciso 20 y artículo 159 inciso 5 de la Constitución Política del Estado y con lo precisado en los artículos 1, 60 inciso 1 y 94 inciso 1 del Código Procesal Penal y con lo prescrito en el artículo 430 del Código Penal vigente; recurro a su Despacho, a fin de interponer Denuncia Penal contra ULTRA DELINCUENTE JAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS, ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTO
JAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTO
JAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTO
JAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTO
JAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTOJAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTO
JAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTO identificado con DNI NUMERO 18085694 y contra JORGE VASQUEZ FIGUEROA en su actuación como especialista legal del SEPTIMO juzgado de paz letrado de la ciudad de Trujillo y contra los que resulten responsables por haber incurrido en el delito de OCULTAMIENTO DE DOCUMENTOS PROCESALES ENTRE ELLOS EL OCULTAMIENTO DE LA NOTIFICACIÓN NUMERO 2019-0068867-JP-CI DE LA RESOLUCIÓN numero CUARENTA Y TRES de fecha diecisiete de diciembre del año dos mil diecinueve de la fraudulenta DEMANDA numero 1857 -2012 DE OBLIGACIÓN DE DAR DINERO QUE SIGUE EN EL SEPTIMO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TRUJILLO, EL DENUNCIADO ULTRA DELINCUENTE
ULTRA DELINCUENTE JAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS, ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTO
JAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTO
JAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTO
JAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTO
JAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTO
JAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTO
JAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS ABOGADO MAFIOSO JAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTO
JAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTOJAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS CONTRA LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL REPRESENTADO POR SU GERENTE, EL DENUNCIANTE HUMBERTO ARMANDO RODRIGUEZ CERNA, delitos cometido EN AGRAVIO DEL DENUNCIANTE EN SU ACTUACION COMO GERENTE DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL por los denunciados para evitar en forma desesperada que podamos acceder a la doble instancia para seguir tratando de despojar a sus legítimos propietarios en forma abusiva y delictiva por medio de la corrupción judicial, el inmueble de 5 pisos de la empresa hostal david srl valorizado en medio millón de dólares situado en jirón Sinchu Roca 1138 de esta ciudad
1.2- ASIMISMO RECURRO A SU DESPACHO, A FIN DE INTERPONER DENUNCIA PENAL CONTRA JORGE VASQUEZ FIGUEROA EN SU ACTUACIÓN COMO ESPECIALISTA LEGAL DEL SEPTIMO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA CIUDAD DE TRUJILLO Y CONTRA LOS QUE RESULTEN RESPONSABLES POR HABER INCURRIDO EN EL DELITO DE NEGATIVA AL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE AUXILIARES JURISDICCIONALES Y OCULTAMIENTO DE DOCUMENTOS PROCESALES ENTRE ELLOS EL OCULTAMIENTO DE LA NOTIFICACIÓN NUMERO 2019-0068867-JP-CI DE LA RESOLUCIÓN numero CUARENTA Y TRES de fecha diecisiete de diciembre del año dos mil diecinueve de la fraudulenta DEMANDA numero 1857 -2012 DE OBLIGACIÓN DE DAR DINERO QUE SIGUE EN EL SEPTIMO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TRUJILLO, EL DENUNCIADO ULTRA DELINCUENTE JAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS CONTRA LA
EMPRESA HOSTAL DAVID
AVIER HUMBERTO BERRU VARGAS ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTOJAVIER HUMBERTO BERRU VARGAS ABOGADO MAFIOSO Y ULTRA CORRUPTO
ANEXOS
- COPIA DE MI DNI Y COPIA DEL ÚLTIMO CERTIFICADO DE VIGENCIA DE PODER DEL GERENTE DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL
-COPIA DE LA RESOLUCIÓN NÚMERO: 43de fecha diecisiete de diciembre del año dos mil diecinueve de la fraudulenta DEMANDA numero 1857 -2012 DE OBLIGACIÓN DE DAR DINERO QUE SIGUE EN EL SEPTIMO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TRUJILLO,
COPIA DE ACTUADOS DEL PROCESO CIVIL DE DESALOJO 2737 -2017 SEGUIDO CON EL DENUNCIADO SECRETARIO JUDICIAL VICTOR ALEJANDRO TORRES ALBITRES
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DENUNCIA PENAL.-
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO.-
Art. 2º Inciso 20: “Toda persona tiene derecho a formular peticiones ante la autoridad competente, la que está obligada a pronunciarse dentro del plazo de Ley, por escrito y bajo responsabilidad”
Artículo 159 Inciso 5: Corresponde al Ministerio Público, el ejercicio de la acción penal, de oficio o a petición de Parte
CÓDIGO PROCESAL PENAL
ARTÍCULO IV°. Titular de la acción penal.- 1. El Ministerio Público es titular del ejercicio público de la acción penal en los delitos y tiene el deber de la carga de la prueba. Asume la conducción de la investigación desde su inicio.
ARTÍCULO 1o Acción penal.- La acción penal es pública.
1. Su ejercicio en los delitos de persecución pública, corresponde al Ministerio Público. La ejercerá de oficio, a instancia del agraviado por el delito o por cualquier persona, natural o jurídica, mediante acción popular.
ARTÍCULO 60o Funciones.- 1. El Ministerio Público es el titular del ejercicio de la acción penal. Actúa de oficio, a instancia de la víctima, por acción popular o por noticia policial.
2. El Fiscal conduce desde su inicio la investigación del delito.
ARTÍCULO 94o Definición.- 1. Se considera agraviado a todo aquél que resulte directamente ofendido por el delito o perjudicado por las consecuencias del mismo.
POR LO EXPUESTO:
Sr. Fiscal, sírvase tener por presentado este escrito y resolver de acuerdo a ley
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Q.F. HUMBERTO A. RODRIGUEZ CERNA
GERENTE DE HOSTAL DAVID SRL